Fuente: CIMA ~ Nos notificaron de dos importantes programas dirigidos a micro, pequeñas, medianas y/o grandes empresas para incentivar la contratación de mano de obra y generar una mayor capacitación en los trabajadores en línea con las necesidades de los empleadores.
En los últimos días Mauro Pallone, Gerente de CIMA, mantuvo una auspiciosa reunión con Marcelo De Filippi, de la Dirección de Empleo Asalariado, perteneciente al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS). Desde el organismo oficial nos hablaron sobre dos programas que permite a los empleados acceder a un empleo y capacitarse y, a los empleadores, beneficios impositivos e incentivos (ademas de mano de obra calificada). En este ambiente propicio, nuestro gerente habló de las necesidades del sector y de los deseos de reabrir la escuela CIMA para capacitar a la mano de obra del sector.
Por un lado se presentaron los Programas de Inserción Laboral (PIL) que ofrecen incentivos económicos a las empresas que incrementen el número de su personal para promover la inserción de trabajadores y trabajadoras desocupados en empleos de calidad.
El aporte del MTEySS varía según el tamaño de la empresa y jornada laboral. Las empresas más pequeñas recibirán una ayuda económica mayor que las grandes.
Los requisitos que deben cumplir las empresas para acceder a este programa son:
- No haber realizado despidos masivos en los últimos seis meses.
- No poseer sanciones por empleo no registrado sin regularizar.
- Cumplir con sus obligaciones como empleadores frente al Sistema de la Seguridad Social.
Los interesados en consultar la normativa vigente pueden hacerlo desde aquí:
Por otro, se dieron a conocer las Acciones de Entrenamiento para el Trabajo (AEPT) cuyo objetivo es mejorar las condiciones de empleabilidad de trabajadores desocupados y contribuir al fortalecimiento de la productividad y competitividad de las empresas a partir de la posibilidad de formar trabajadores capacitados de acuerdo a sus necesidades.
Las AEPT consisten en brindar incentivos económicos a las empresas para que entrenen aprendices en los puestos que necesitan. Luego éstas tienen la posibilidad de incorporar a esos aprendices ya entrenados. Durante el desarrollo del proyecto no se establece una relación laboral entre la empresa y los trabajadores, sino un acuerdo de entrenamiento.
Quiénes pueden participar?
- Micro, pequeñas, medianas o grandes empresas que no hayan realizado despidos masivos en los últimos 6 meses.
- Las empresas deben estar inscriptas en AFIP y no deben figurar en el REPSAL (Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales).
Los trabajadores desocupados que quieran acceder a este entrenamiento durante un máximo tiempo de 6 meses deben pertenecer a alguno de los siguientes grupos o programas del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo, Seguro de Capacitación y Empleo, Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina (PROGRESAR) ó Seguro por Desempleo.
- Tanto las empresas que quieran incorporar aprendices como los trabajadores desocupados que quieran sumarse a este programa deben contactarse con la Oficina de Empleo local. A las primeras se las asesorará y realizará el proceso de preselección de candidatos de acuerdo al perfil requerido y a los segundos, se los informará de las convocatorias vigentes.
Los interesados en consultar la normativa vigente en relación con este programa pueden hacerlo desde aquí: Resolución MTEySS N°708/2010: Creación de Acciones de Entrenamiento para el Trabajo y Resolución SE 905/2010: Reglamento de las Acciones de Entrenamiento para el Trabajo
Quienes quieran acceder al programa de entrenamiento pueden hacerlo desde aquí.
A continuación, compartimos un archivo PPT para que puedan descargar con más información. Y si desean algún tipo de asesoramiento de nuestra institución, pueden solicitarlo vía mail a cima@cuerocima.com.ar.PPT-PIL-y-EPT-2021Descarga