Calzado: el Gobierno impone medidas para frenar las importaciones de China

Fuente: Clarin ~ Elevan los valores FOB a las exportaciones chinas de calzado a la Argentina.

El Gobierno estableció una nueva medida antidumping para el calzado con la finalidad de frenar el ingreso de productos importados desde China. Fue a través de una resolución que se publicó en el Boletín Oficial el martes y establece un nuevo precio FOB (un mínimo de US$ 15,70 por par, unos $ 1.593 al cambio oficial) para las exportaciones de calzados proveniente de ese mercado asiático durante los próximos cinco años.

La medida fue consecuencia de una presentación que lideró la Cámara de la Industria del Calzado (CIC) con los fabricantes del sector hace un año y medio. La entidad logró que el Ministerio de Desarrollo Productivo determinara un incremento del arancel para que no ingrese mercadería con precios por debajo de los del mercado. El nuevo valor surgió de análisis técnicos que justificaron un incremento del 17% respecto del que regía. El valor anterior era US$ 13,38.

Se trata de la Resolución 915/2021, publicada en el Boletín Oficial del 14 de diciembre, que fija ese valor FOB para todo tipo de calzado cuyo origen sea China, excepto calzado de ski, que no se fabrica en el país.

El dumping es una práctica comercial condenada internacionalmente y consiste en exportar productos a terceros mercados por debajo del precio de venta en el país productor.

Para probar la existencia de dumping y el daño que el mismo produce a una industria, se sigue un procedimiento de investigación acorde a requisitos establecidos por la Organización Mundial del Comercio y reflejado en las normas locales.

«A partir de ahora, entonces, los importadores en la Argentina tienen que pagar un derecho antidumping si declaran un precio FOB inferior a US$ 15,70 por par. Este valor que se toma como referencia para determinar si corresponde pagar el derecho antidumping (y cuánto) o no», explicó una fuente de la CIC.

“Ante la solicitud inicial de la CIC, la Secretaría de Industria instruyó a la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) y a la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial para que analizaran la presentación de pruebas y formularios. De este modo, el Ministerio de Desarrollo Productivo concluyó que estaban dados los elementos para avanzar de oficio con la investigación por expiración de plazo y cambio de circunstancias”, contó la entidad en un comunicado.

Segun la cámara, cubriendo todos los pasos legales y procedimentales de la investigación de dumping que establece la Organización Mundial del Comercio y la normativa nacional, la CNCE advirtió que “la rama de producción nacional de calzado se encuentra en una situación de relativa fragilidad que podría tornarla vulnerable ante la eventual supresión de la medida vigente”.

“Ello fundado, entre otras razones, en la evolución de ciertos indicadores de volumen como la caída de la producción, las ventas y el grado de utilización de la capacidad instalada a lo largo de todo el período y en la pérdida de puesto de trabajo”, agregó.

Por su parte, la Dirección de Competencia Desleal elaboró su Informe Final donde determinó que “a partir del análisis efectuado de los datos obtenidos a lo largo del procedimiento, surge una diferencia entre los precios FOB promedio de exportación y el Valor Normal considerado”, e indicó que “en cuanto a la posibilidad de recurrencia del dumping, del análisis de los elementos de prueba relevados en el expediente permitiría concluir que existiría la probabilidad de recurrencia en caso que la medida fuera levantada”.

La CNCE, por su parte, continuó esgrimiendo que “por tanto, puede concluirse que, en caso de no mantenerse la aplicación de derechos antidumping, existe la probabilidad de que reingresen importaciones desde China en cantidades y con precios que incidirían negativamente en la rama de producción nacional recreándose así las condiciones de amenaza de daño importante que fueran determinadas en la investigación original”.

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